Subasta judicial en vía de apremio

Subasta de vivienda en Calle Música 7, Almería

Próxima aperturaAnunciada en el BOE; todavía no admite pujas
Valor de subasta40.559,05 €
Depósito2027,95 €5 % del valor
Tasación
Puja mínima
Tramos entre pujas
Cantidad reclamada27.164,48 €
Puja mín. recomendada para adjudicación directa28.392 €70 % del valor de subasta
Puja mínima con adjudicación incierta*20.280 €50 % del valor de subasta

*Este porcentaje puede variar según el momento en el que se inició la ejecución y la legislación aplicable por la Ley Orgánica 1/2025.

Vivienda

Dirección
Calle Música 7
Código postal
04002
Municipio
Almeria
Provincia
Almería
Referencia catastral
7574116WF4777S0001QI
Vivienda habitual
No
Situación posesoria
Sin ocupantes
Visitable
No consta

Descripción publicada en el BOE

Urbana, casa sita en la calle Música, número siete, catastralmente número nueve, de esta Ciudad. Ocupa una superficie construida de ochenta y cinco metros, sesenta y dos decímetros, todos cuadrados. Linda: Frente o norte, calle de su situación; Fondo O Sur, casa de la estamentaria de que procede; Izquierda saliendo o poniente, Doña Dolores Amarón y D. José Almanzora Martínez; Derecha saliendo o este, casa de D. Miguel Barbarin, hoy sus herederos.

Preguntas frecuentes sobre esta subasta

¿Cuándo se puede pujar en esta subasta?

Todavía no admite pujas: está anunciada y se abrirá en el Portal de Subastas del BOE. Tienes tiempo de estudiarla antes.

¿Cuánto hay que depositar para pujar?

2027,95 €, el 5 % del valor de subasta. Se consigna en el Portal de Subastas del BOE antes de pujar y, si no te la adjudicas, se te devuelve, salvo que hayas pedido reservarlo por si falla el ganador.

¿Cuánto debería pujar?

El valor de subasta (40.559,05 €) es sólo una referencia: puedes pujar lo que quieras. Con una puja del 70 % o más (28.392 €) el juzgado aprueba el remate directamente. Por debajo, la adjudicación no es automática: el deudor tiene un plazo para presentar a alguien que mejore la oferta y después decide el juzgado, con límites que dependen de cuándo empezó la ejecución y de si es la vivienda habitual del deudor.

¿Tiene cargas este inmueble?

El anuncio del BOE recoge la información de cargas que aporta el juzgado, pero no dice cuáles seguirán después de la adjudicación. Como regla general, las cargas anteriores y preferentes las asume quien se adjudica el inmueble y las posteriores se cancelan. Nuestro análisis de la certificación de cargas te dice qué queda y cuánto supone: al registrarte tienes un crédito gratis para probarlo.

¿Cómo se puja en esta subasta?

En el Portal de Subastas del BOE (subastas.boe.es). Hay que darse de alta como persona física con certificado electrónico o Cl@ve, y después se puede pujar en nombre propio, de otra persona o de una sociedad. Las pujas son irrevocables. Si prefieres no hacerlo solo, el despacho puede pujar por ti.

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