Subasta judicial en vía de apremio

Subasta de vivienda en Calle Carlos III, 22, Cartagena

CelebrándoseSe puede pujar hasta el 5 de octubre de 2026
Valor de subasta203.553 €
Depósito10.177,65 €5 % del valor
Tasación
Puja mínima
Tramos entre pujas2035,54 €
Cantidad reclamada246.058,65 €
Puja mín. recomendada para adjudicación directa142.488 €70 % del valor de subasta
Puja mínima con adjudicación incierta*101.777 €50 % del valor de subasta

*Este porcentaje puede variar según el momento en el que se inició la ejecución y la legislación aplicable por la Ley Orgánica 1/2025.

Vivienda

Dirección
Calle Carlos III, 22
Código postal
30201
Municipio
Cartagena
Provincia
Murcia
Referencia catastral
8041101XG7684S0006GW
Vivienda habitual
Situación posesoria
No consta (Según Decreto de subasta, en el apartado de situación posesoria de la finca consta que la notificación y requerimiento de pago a los ejecutados se realizó en la finca objeto de subasta, que está señalada como domicilio a efectos de notificaciones.)
Visitable
No consta (La inspección del inmueble solo puede ser autorizada por quien sea poseedor u ocupante actual del inmueble)
Inscripción registral
Finca registral 47025. Registro de la Propiedad nº 2 de Cartagena, finca de San Antón

Descripción publicada en el BOE

NUMERO SEIS. VIVIENDA EN PLANTA PRIMERA, TIPO A7, DEL PORTAL NUMERO 3. Dirección catastral: CL CARLOS III 22(A) Bl:3 Es:3 Pl:01 Pt:A7 E3-PRIMERO A7 C.P. 30201 CARTAGENA. Distribuida en diferentes dependencias. Mide una superficie útil de 116,28 m2. CUOTA: Tiene asignada una cuota de participación del 0'380 % en la comunidad general y del 8'58 % en la comunidad restringida.

Preguntas frecuentes sobre esta subasta

¿Hasta cuándo se puede pujar en esta subasta?

Hasta el 5 de octubre de 2026 a las 18:00 (hora peninsular).

¿Cuánto hay que depositar para pujar?

10.177,65 €, el 5 % del valor de subasta. Se consigna en el Portal de Subastas del BOE antes de pujar y, si no te la adjudicas, se te devuelve, salvo que hayas pedido reservarlo por si falla el ganador.

¿Cuánto debería pujar?

El valor de subasta (203.553 €) es sólo una referencia: puedes pujar lo que quieras. Con una puja del 70 % o más (142.488 €) el juzgado aprueba el remate directamente. Por debajo, la adjudicación no es automática: el deudor tiene un plazo para presentar a alguien que mejore la oferta y después decide el juzgado, con límites que dependen de cuándo empezó la ejecución y de si es la vivienda habitual del deudor.

¿Tiene cargas este inmueble?

El anuncio del BOE recoge la información de cargas que aporta el juzgado, pero no dice cuáles seguirán después de la adjudicación. Como regla general, las cargas anteriores y preferentes las asume quien se adjudica el inmueble y las posteriores se cancelan. Nuestro análisis de la certificación de cargas te dice qué queda y cuánto supone: al registrarte tienes un crédito gratis para probarlo.

¿Cómo se puja en esta subasta?

En el Portal de Subastas del BOE (subastas.boe.es). Hay que darse de alta como persona física con certificado electrónico o Cl@ve, y después se puede pujar en nombre propio, de otra persona o de una sociedad. Las pujas son irrevocables. Si prefieres no hacerlo solo, el despacho puede pujar por ti.

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